Micelio
Auto6 de junio de 2018

A- de 2018

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Luis Alberto Florez Davila·Demandado Cnsc

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reparto De Acciones De Tutela Masivas
  • Decreto 1834 de 2015
  • Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Manizales y el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá.

El despacho judicial de la capital de la República rechazó el conocimiento del asunto con fundamento en las reglas de reparto masiva, las cuales no le eran aplicables al mismo.

Considera la Corte que con ello se puso en peligro la regla de competencia a prevención prevista en el Decreto 2591 de 1991 y se desconoció la obligación de asumir la acción de tutela, sin dar lugar a dilatar por más tiempo la resolución de su trámite.

Concluye la Sala que la autoridad competente para resolver la solicitud de amparo es a la que se le repartió en un primer momento su conocimiento, esto es, el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá.

Se dispone enviar el expediente al precitado despacho judicial, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se le hace una advertencia para que en lo sucesivo se abstenga de proceder como lo hizo en el presente caso, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 11 de abril de 2018 por el Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota, dentro del proceso de accion de tutela formulado por el senor Luis Alberto Florez Davila contra la Comision Nacional del Servicio Civil.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC- 3324 al Juzgado
  4. Tercero. Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  6. Tercero. Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota que en lo sucesivo se abstengan de proceder como lo hizo en el presente asunto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
  7. Cuarto. Por la Secretaria General de la Corte Constitucional, COMUNICAR a la parte demandante y al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Manizales la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.